PEDIDO DE RECONSIDERACIÓN A ANMAT DISPOSICIÓN 2891/26 CODIGO QR EN MEDICAMENTOS

COMUNICADO DE PRENSA
Once asociaciones de defensa del consumidor presentaron un recurso de reconsideración ante la ANMAT contra la Disposición 2891/2026. La norma, vigente desde el 15 de mayo, habilita la sustitución del prospecto físico por códigos QR en los medicamentos, dejando su impresión a criterio optativo de los laboratorios

Once asociaciones de defensa del consumidor, nucleadas en el Registro Nacional, presentaron ante la ANMAT un pedido de reconsideración (expediente EX-2026-74943913–APN-DGA#ANMAT) contra la Disposición 2891/2026. Esta normativa, vigente desde el 15 de mayo de 2026, habilita el reemplazo del prospecto tradicional en papel por un código QR o Datamatrix en el envase secundario, dejando la versión impresa opcional a criterio de cada laboratorio.

Las asociaciones firmantes denunciamos que el reemplazo del histórico prospecto impreso por un código QR constituye un grave retroceso en el derecho de los consumidores a acceder plenamente a la información sobre las propiedades y características de los medicamentos.

El acceso a la información a través del prospecto en papel es inmediato, universal y libre de condicionamientos. Con esta nueva disposición, la consulta sanitaria pasa a depender estrictamente de múltiples variables ajenas al paciente: la tenencia de un teléfono inteligente, la disponibilidad de conexión a internet, la estabilidad del servidor del laboratorio y la alfabetización digital necesaria para escanear el código QR y retener la información en pantalla. Esta inconsulta medida quiebra la imprescindible universalidad de la información y levanta barreras de exclusión que perjudican directamente a los consumidores hiper vulnerables de nuestro país, tales como adultos mayores, personas con discapacidad, sectores de escasos recursos sin dispositivos aptos y habitantes de regiones sin conectividad.
Las asociaciones firmantes advertimos que la Disposición 2891/2026 viola flagrantemente el marco normativo vigente. La Constitución Nacional, en su artículo 42, consagra el derecho de los usuarios a una «información adecuada y veraz», y obliga explícitamente a que «las autoridades proveerán a la protección de esos derechos». En total sintonía, el artículo 4 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor establece de manera categórica que la información debe suministrarse en soporte físico, permitiendo otro formato únicamente si el usuario lo acepta de forma expresa. Esta controvertida disposición invierte el esquema legal: faculta a los laboratorios a prescindir unilateralmente del prospecto impreso y traslada al paciente la obligación de acceder a datos esenciales mediante herramientas tecnológicas cuya disponibilidad no se puede presuponer.

Consideramos que la anterior gestión de la ANMAT incumplió su responsabilidad al realizar desde su sitio web una única consulta pública de opinión sobre la introducción del código QR en medicamentos (Disposición 3294/2025).

Dicha consulta, instrumentada del 17 al 23 de enero de 2025, pasó desapercibida para la sociedad debido a su escasa difusión y limitada duración, donde en ella sólo participaron 12 actores vinculados a la industria farmacéutica a pesar de tratarse de una temática de impacto masivo para toda la población.
El medicamento es un bien social fundamental. Para garantizar su uso adecuado, es imprescindible que la información suministrada esté al alcance pleno del consumidor.

Por todo lo expuesto, las Asociaciones de Defensa del Consumidor abajo firmantes solicitamos a las autoridades de la ANMAT la revisión de la Disposición 2691/2026 volviéndose entonces, a cumplir con la legislación nacional que protege los derechos del consumidor en cuanto recibir una información segura, accesible y no discriminatoria de los productos medicinales.

Consumidores Libres Coop. Ltda
ACUBA Asociación de Consumidores Usuarios Bancarios
PADEC Prevención, Asesoramiento y Defensa del Consumidor,
Usuarios y Consumidores en Defensa de sus Derechos,
DEUCO Defensa de Usuarios y Consumidores ,
CODELCO Comité de Defensa del Consumidor,
ADDUC A. de Defensa de Derechos Usuarios y Consumidor
Union de Usuarios y Consumidores .
FEMUDECO Federación de Mutuales de Consumidores
CESYAC Centro de Educación, Servicios y Asesoramiento al Consumidor
ACDH Asociación Civil por los Derechos Humanos
CEPIS Centro Estudios para la Promoción de la Igualdad